En la reunión del Consejo de Ministros celebrada en el día de hoy, el Gobierno ha aprobado una serie de medidas para hacer frente a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Estas medidas son las siguientes:
- Aprobación de un RD por el que se prorroga el Estado de Alarma recogido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, así como la vigencia de las medidas en él contenidas, hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020.
- Aprobación de un RD-Ley por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Entre las medidas adoptadas, cabe destacar las siguientes:
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- Medidas extraordinarias para la protección del empleo, este RD-L establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el COVID-19.
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- Se agilizan los trámites para el acceso a la prestación por desempleo:
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- La prestación por desempleo será solicitada directamente por el empresario que ha tramitado el ERTE.
- Se especifica cual debe ser la documentación y como debe ser la comunicación por parte del empresario al SEPE para que la prestación por desempleo sea reconocida lo antes posible.
- La fecha de inicio de la prestación por desempleo será la del momento de la suspensión por causas de fuerza mayor o la fecha en que la empresa comunique su decisión a la autoridad competente.
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- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas para los ERTE. En caso de que las solicitudes incluyan falsedades, incorrecciones, falta de causa o necesidad del ERTE, el empresario podrá ser sancionado y deberá devolver las cuantías percibidas en concepto de desempleo por los trabajadores.
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- Se interrumpe el computo de la duración máxima de los contratos temporales. En caso de suspensión de los contratos temporales, formativos, relevo e interinidad, supondrá la interrupción del cómputo.
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- Se establece que los procedimientos de contratación pública durante la crisis del COVID-19, se tramitarán por el procedimiento de emergencia, así como se introducen medidas para agilizar la contratación pública.
PUBLICACION RD 9/2020 DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS, EN EL ÁMBITO LABORAL, PARA PALIAR LOS EFECTOS DERIVADOS DEL COVID-19
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