Industria en su normativa contra el autoconsumo

El borrador de Real Decreto de autoconsumo del Ministerio de Industria, publicado el pasado 5 de junio del 2015 y actualmente en fase de consultas, contempla, según el periódico digital http://www.eldiario.es/economia/bombas-desperdigadas-norma-Soria-autoconsumo los siguiente polémicos aspectos, afirma José Donoso, director general de la patronal fotovoltaica UNEF.:

– Un peaje de acceso a las redes para que contribuyan a “los costes de las redes de distribución y transporte”, que abonarán “por el uso real que se haga de ellas” y, por otro, un “cargo asociado” al resto de costes del sistema.

–  La variedad de autoconsumo con conexión a la red eléctrica reservada a los particulares («suministro con autonsumo») establece que la producción sobrante vertida al sistema «no podrá llevar aparejada contraprestación económica».

– Estas instalaciones que si puedan cono podrán tener una tarifa regulada. Ni el denominado PVPC, ni el bono social.

– La variedad de autoconsumo reservada a los particulares sólo se permite para plantas con hasta 100 kilovatios (kW) de potencia. Pero en lugar de tomar como referencia la potencia nominal, como hasta ahora, tiene en cuenta a la máxima (pico).

– El decreto será «retroactivo», por lo que las instalaciones que ya están en marcha y ya han sido regularizadas por las comunidades autónomas entrarían en la ilegalidad si no se adaptan al mismo.

– El texto establece que, cuando haya vertido de energía a la red, el consumidor y el productor en una instalación deberán ser la misma persona física o jurídica.

– El decreto acaba con la posibilidad de legalizar instalaciones por el Reglamento Técnico de Baja Tensión.

– El borrador mantiene las multas que fija la Ley del Sector Eléctrico, de hasta 60 millones de euros, por no tener legalizada una instalación de autoconsumo: el doble que por ocultar un escape nuclear y 260 veces más alta que el castigo a la negligencia en un accidente de aviación con víctimas.