En la reunión del Consejo de Ministros celebrada en el día de hoy, el Gobierno ha aprobado una serie de medidas para hacer frente a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Estas medidas son las siguientes:
- Aprobación de un RD por el que se prorroga el Estado de Alarma recogido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, así como la vigencia de las medidas en él contenidas, hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020.
- Aprobación de un RD-Ley por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Entre las medidas adoptadas, cabe destacar las siguientes:
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- Medidas extraordinarias para la protección del empleo, este RD-L establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el COVID-19.
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- Se agilizan los trámites para el acceso a la prestación por desempleo:
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- La prestación por desempleo será solicitada directamente por el empresario que ha tramitado el ERTE.
- Se especifica cual debe ser la documentación y como debe ser la comunicación por parte del empresario al SEPE para que la prestación por desempleo sea reconocida lo antes posible.
- La fecha de inicio de la prestación por desempleo será la del momento de la suspensión por causas de fuerza mayor o la fecha en que la empresa comunique su decisión a la autoridad competente.
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- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas para los ERTE. En caso de que las solicitudes incluyan falsedades, incorrecciones, falta de causa o necesidad del ERTE, el empresario podrá ser sancionado y deberá devolver las cuantías percibidas en concepto de desempleo por los trabajadores.
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- Se interrumpe el computo de la duración máxima de los contratos temporales. En caso de suspensión de los contratos temporales, formativos, relevo e interinidad, supondrá la interrupción del cómputo.
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- Se establece que los procedimientos de contratación pública durante la crisis del COVID-19, se tramitarán por el procedimiento de emergencia, así como se introducen medidas para agilizar la contratación pública.
- Por ultimo adjuntamos un documento difundido por El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el que se podrá encontrar información de utilidad de este servicio durante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
PUBLICACION RD 9/2020 DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS, EN EL ÁMBITO LABORAL, PARA PALIAR LOS EFECTOS DERIVADOS DEL COVID-19
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4152