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La facturación por horas de la luz entrará en vigor el 1 de julio

El nuevo mecanismo de facturación horaria del consumo eléctrico para los consumidores que dispongan de un contador ‘inteligente’ entrará en vigor el próximo miércoles, aunque las compañías disponen de un plazo de adaptación hasta el 1 de octubre para empezar a aplicar el nuevo sistema.

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Los usuarios podrán conocer el precio de cada día un día antes, a partir de las 20.30 horas, en la web de Red Eléctrica de España (REE). Asimismo, tanto las compañías eléctricas como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicarán en sus respectivas webs los precios horarios.

En todo caso, sólo contarán con esta modalidad los consumidores que dispongan de contadores ‘inteligentes’ y con potencias contratadas inferiores a 10 kilovatios hora (kWh), como son la mayoría de los clientes domésticos y pymes, y que tengan la tarifa regulada, el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), al que están acogidos unos 16 millones de clientes.

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En cuanto a los contadores, el plan de sustitución de estos aparatos prevé que en 2018 todos los contadores (unos 27 millones de aparatos) hayan sido sustituidos.

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Más información: www.ileon.com/la-facturacion-por-horas-de-la-luz-entrara-en-vigor-el-miercoles

INSCRIPCIÓN DEL XVII CONGRESO DE FENIE EN AVILA

 

A partir del día de hoy, 29 de junio 2015, se puede acceder a la INSCRIPCIÓN DEL CONGRESO DE FENIE, evento que se celebrará en Ávila del 21 al 24 de octubre 2015, a través de la siguiente URL:

http://inscripcioncongresoavila2015.fenie.es

Para cualquier aclaración o consulta que surja, no dudéis en contactar con FENIE a través de marketing@fenie.es

El pre-programa y más información en la zona privada: https://apietel.org/privado/xvii-congreso-fenie-2015

 

 

Guía sobre Tecnología LED en el alumbrado de ANFALUM

Guía sobre Tecnología LED en el alumbrado de ANFALUM, la Asociación  Española de Fabricantes de Iluminación, que contiene una información muy amplia y detallada de gran interés para técnicos instaladores de electricidad. Esta guía de 440 páginas se puede descargar en formato pdf desde la página web www.fenercom.com apartado Publicaciones o en este enlace: http://www.fenercom.com/pdf/publicaciones/Guia-sobre-tecnologia-LED-en-el-alumbrado-fenercom-2015.pdf  Los socios de Asociaciones Provinciales miembros de C N I, pueden solicitar un ejemplar en formato libro en su Asociación.

Esta guía pretende ser un instrumento para todo tipo de usuarios, tanto para el que no conoce la tecnología como para el usuario avanzado, ya que se difunden desde los conceptos más básicos hasta los últimos avances tecnológicos del sector, así como otros aspectos relacionados con la gestión de la iluminación y la normativa específica, con el fin de aportar una visión global del estado actual de implantación de esta tecnología y contribuir a su desarrollo.

Industria en su normativa contra el autoconsumo

El borrador de Real Decreto de autoconsumo del Ministerio de Industria, publicado el pasado 5 de junio del 2015 y actualmente en fase de consultas, contempla, según el periódico digital http://www.eldiario.es/economia/bombas-desperdigadas-norma-Soria-autoconsumo los siguiente polémicos aspectos, afirma José Donoso, director general de la patronal fotovoltaica UNEF.:

– Un peaje de acceso a las redes para que contribuyan a “los costes de las redes de distribución y transporte”, que abonarán “por el uso real que se haga de ellas” y, por otro, un “cargo asociado” al resto de costes del sistema.

–  La variedad de autoconsumo con conexión a la red eléctrica reservada a los particulares («suministro con autonsumo») establece que la producción sobrante vertida al sistema «no podrá llevar aparejada contraprestación económica».

– Estas instalaciones que si puedan cono podrán tener una tarifa regulada. Ni el denominado PVPC, ni el bono social.

– La variedad de autoconsumo reservada a los particulares sólo se permite para plantas con hasta 100 kilovatios (kW) de potencia. Pero en lugar de tomar como referencia la potencia nominal, como hasta ahora, tiene en cuenta a la máxima (pico).

– El decreto será «retroactivo», por lo que las instalaciones que ya están en marcha y ya han sido regularizadas por las comunidades autónomas entrarían en la ilegalidad si no se adaptan al mismo.

– El texto establece que, cuando haya vertido de energía a la red, el consumidor y el productor en una instalación deberán ser la misma persona física o jurídica.

– El decreto acaba con la posibilidad de legalizar instalaciones por el Reglamento Técnico de Baja Tensión.

– El borrador mantiene las multas que fija la Ley del Sector Eléctrico, de hasta 60 millones de euros, por no tener legalizada una instalación de autoconsumo: el doble que por ocultar un escape nuclear y 260 veces más alta que el castigo a la negligencia en un accidente de aviación con víctimas.